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Preguntas Frecuentes
Es la cantidad que se debe depositar ante la administración pública para participar en una subasta.
Es aconsejable mantenerse cerca de las cifras proporcionadas en la sección anterior -CÁLCULO DE BENEFICIOS POR COMPRAVENTA-. Adquirir la propiedad por un monto significativamente inferior puede resultar en la pérdida de la oportunidad a manos de otro interesado.
No es posible visitar las propiedades antes de hacer una oferta. Se debe considerar la necesidad de realizar reformas al hacer la oferta para evitar sorpresas futuras. En caso de que la propiedad esté ocupada, será el juzgado quien determine el proceso de desocupación.
Correcto. Tras la conclusión de la subasta, la administración pública procede con la devolución de los depósitos de manera inmediata el día siguiente.
El plazo varía según la administración, pero comúnmente es de 40 días. En subastas judiciales, se permite establecer una hipoteca para cubrir el costo del remate. Es aconsejable que consultes con tu entidad financiera las condiciones para la concesión de un préstamo si lo requieres.
Es esencial atender los gastos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y de la comunidad de propietarios del año en curso y de los tres años anteriores. Cualquier carga que se genere posteriormente será eliminada, pero las cargas anteriores persistirán y deberán ser cubiertas junto con el monto ofrecido en la puja.
Por lo tanto, es CRUCIAL realizar un análisis exhaustivo del estado de las cargas de la propiedad ANTES de hacer una oferta. Cargas anteriores, embargos o hipotecas del mismo rango pueden resultar en obligaciones significativas. Si requieres asistencia, contáctanos en [email protected].
Para ilustrar mejor:
Si adquieres una vivienda por 50.000 euros que tiene una deuda de comunidad de 2.000 euros y un embargo previo de 5.000 euros, el costo final inesperado sería de 57.000 euros.
En tal situación, deberías haber verificado las cargas a través de una Nota Simple RECIENTE o una Certificación Registral (disponible en línea) para después calcular la oferta máxima que deberías hacer.
Es decir, si tu intención es comprar la propiedad por 50.000 euros, deberías restar 2.000 euros (deuda de la comunidad de propietarios) y 5.000 euros (embargo previo), resultando en una oferta de 43.000 euros para no exceder el total deseado de 50.000 euros.
Por supuesto, es posible. Por favor, notifíquenos para sugerir al ejecutante un precio de cesión en caso de que la subasta no reciba ofertas o estas sean insuficientes. Es crucial que se comunique con nosotros con antelación para realizar los trámites necesarios.
Contáctanos en [email protected] para ayudarte en todo el proceso.